Primero. Incoar expediente para la redacción y aprobación de una nueva Ordenanza Reguladora del Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Mairena del Alcor.
Segundo. Abrir, en cumplimiento del art. 133 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, un período de consulta previa durante diez días hábiles para recabar información de personas interesadas y organizaciones representativas potencialmente afectadas por la aprobación de la ordenanza señalada en el apartado anterior.
Tercero. El contenido de la consulta se refiere a la iniciativa municipal para aprobar una nueva ordenanza que regule la gestión del Registro de Demandantes de Vivienda Protegida ajustada a la legislación vigente en la materia.
Cuarto. En el plazo de diez días hábiles a contar desde la publicación de anuncio de apertura de esta consulta previa en el portal web municipal, tablón de anuncios y portal de transparencia, cualquier interesado podrá presentar ante el Ayuntamiento de Mairena del Alcor/APAL, observaciones, sugerencias o cualquier otro parecer respecto de los siguientes extremos:
1. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
2. La necesidad y oportunidad de su aprobación
3. Los objetivos de la norma
4. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Quinto. Finalizado el trámite de consulta previa habrá de redactarse, con la asistencia de la Excma. Disputación Provincial y a la vista de las aportaciones realizadas por los interesados, el texto de la ordenanza para seguir la tramitación legalmente establecida para su aprobación.