Finalizada la valoración provisional de los méritos acreditados por los aspirantes, el Tribunal de conformidad con la Base 6.13, dispone su publicación en la Sede Electrónica del Ayuntamiento debiendo indicarse en el anuncio que contra la misma podrá interponerse recurso de alzada o cualquier otro que pudieran interponer de conformidad con la legalidad vigente, sin que suponga la suspensión, pudiéndose presentar los mismos a través de los medios habilitados y permitidos por la Ley.
Asimismo, las personas aspirantes podrán presentar reclamaciones ante el propio órgano de selección dentro del plazo improrrogable de cinco días naturales desde el día siguiente a la publicación en Sede Electrónica de la puntuación obtenida de las personas aspirantes. Dichas reclamaciones que, tendrán efecto suspensivo, solo podrán ser presentadas en el Registro General de manera presencial o de forma telemática, con objeto de no ralentizar el correcto desarrollo del proceso selectivo.
Toda reclamación que se presente por las personas aspirantes a las puntuaciones acordadas por el Tribunal Calificador tras la valoración de méritos en la fase de concurso, será resuelta por el mismo en sesión convocada al efecto y serán publicadas mediante anuncio en Sede Electrónica, sirviendo dicha publicación de notificación a todos los efectos a quienes hayan efectuado alegaciones y a todas las personas aspirantes en cuanto a la puntuación obtenida.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 13:00 horas del día de la fecha, extendiéndose y leyéndose la presente acta para constancia de todo lo acordado, que, previa conformidad de todos los miembros del Tribunal por unanimidad, firman conmigo la secretario que doy fe.

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Fecha
Lun, 23/09/2024 - 14:31