Hasta el próximo 30 de abril está abierto el plazo de entrega de solicitudes del Programa Extraordinario de Urgencia Social Municipal , que se desarrolla gracias al apoyo de la Diputación Provincial de Sevilla .   El Programa Extraordinario de Urgencia Social Municipal de la Diputación de Sevilla está destinado a unidades familiares en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo .   Reproducimos a continuación el edicto que manda publicar el alcalde, en este sentido.   EDICTO   Don Manuel Bejarano Álvarez , Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Puebla del Río, provincia de Sevilla,   HAGO SABER: Que queda abierto el plazo de solicitud del Programa de Urgencia Social Municipal de la Diputación de Sevilla destinados a unidades familiares en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.   REQUISITOS:   1. Estar empadronados en el Municipio de La Puebla de Río a 1 de Enero de 2017. 2. Acreditar la situación de desempleo. 3. Pertenecer a una unidad familiar en los siguientes umbrales económicos referidos al Indicador Público de Renta de Efectos Multiples(IPREM):  
  • Familia de un solo miembro: 806,76€/mes
  • Familia de 2 miembros: 941,22€/mes
  • Familia de 3 o 4 miembros: 1075,68€/mes
  • Familias de 5 o más miembros:1344,6€/mes
  Que en el momento de la solicitud, se encuentren en una o varias de las siguientes situaciones, que no son excluyentes entre sí:   - Personas en Riesgo de Exclusión Social que vivansolas.  - Personas pertenecientes a unidades familiares que tengan menores o personas dependientes a su cargo. - Miembros de unidades familiares que no hayan tenido durante 2017 un contrato de trabajo correspondiente al Programa de Urgencia Municipal. - Miembros de unidades familiares en las que convivan jóvenes que tengan dificultades económicas para continuar sus estudios universitarios o ciclos formativos de grado superior. - Mujeres en situación de riesgo o proclives a desembocar en situaciones de exclusión social, con carácter preferente víctimas de violencia de género. - Miembros de otras unidades familiares no contempladas en los puntos anteriores y que cumplan con los requisitos que se establecen.
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Jue, 22/03/2018 - 11:39