Desde el Ayuntamiento de Benacazón te informamos que Aljarafesa ha acordado poner en marcha diversas medidas para apoyar a las familias y a las empresas de afectadas por las consecuencias económicas que tendrá el estado de alerta por el Coronovirus.

A continuación, te describimos todas las medidas sociales:

- Creación de un Fondo de Acción Social Extraordinario, dotado con 100.000 euros, que se sumará a los 350.000 del fondo ordinario para este 2020. Al igual que éste, la nueva partida se canalizará a través de los servicios sociales de cada ayuntamiento.

- Quedan suspendidos tanto los cortes de suministros como las notificaciones de aviso de cortes.

- Rebaja del umbral para el acceso a la bonificación por rentas deprimidas, que pasa a ser de 1,5 Iprem (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) en lugar de un Iprem, para alcanzar a un mayor número de beneficiarios. Ese límite se incrementará en el 50% del Iprem, en lugar del 40% actual, por cada residente empadronado que resida en la vivienda, sea o no menor de edad.

- Prórroga automática a todas las bonificaciones que vencían el 31 de marzo para posibilitar su renovación, extendiendo su vigencia hasta el 30 de junio.

- Los usuarios cuyos ingresos provengan de una actividad acogida al cese previsto en el decreto de alarma o bien que acrediten haber sido incluidos en un ERTE sin complemento salarial, podrán presentar una declaración responsable sobre sus ingresos futuros, en lugar de los pasados que establece la Ordenanza.

- Los negocios y autónomos que han tenido que parar su actividad podrán solicitar que se les bonifique del todo la cuota fija de suministros con tarifa industrial o comercial cuya actividad haya quedado suspendida, mediante un procedimiento rápido de solicitud y verificación.

- En apoyo de pymes y autónomos, se han aprobado otras medidas específicas. Por ejemplo, durante el periodo de vigencia del estado de alarma, Aljarafesa bonificará el 100% de la cuota fija de aquellos suministros con tarifa y uso industrial o comercial cuya actividad haya quedado suspendida por aplicación del Real Decreto Ley y sus sucesivas prórrogas, así como los de autónomos acogidos al régimen de cese de actividad, mediante un procedimiento rápido de solicitud y verificación. Este procedimiento consistirá en la presentación por parte del propietario o empresario de una declaración responsable, sobre su situación.

- Se concederán aplazamientos de pago sin intereses, de tres meses, ampliables hasta seis en función de las cuantías, para quienes se hayan acogido al referido artículo 17.

- Se habilita la posibilidad de solicitar la suspensión temporal del contrato, con retirada del contador, a coste reducido hasta el 31 de diciembre de 2020.

- Se amplia el período voluntario de pago hasta el 31 de julio de todas las facturas actualmente al cobro y de las que se emitan en abril y mayo, y se han dispuesto nuevos procedimientos de aprobación rápida de fraccionamientos de pago sin intereses, de aquellas facturas que no puedan atenderse a su vencimiento, con un tratamiento especial para las Comunidades de Propietarios que dependan de un solo contador, con fraccionamientos de hasta doce mensualidades.

Imagen
Ubicación
Categoría noticia
Mostrar en el carrusel de la sección
No
Fecha
Mar, 21/04/2020 - 12:19