SUSPENSION DEL PAGO DE LA HIPOTECA

Se aplicará esta medida establecida en el Real Decreto Ley 8/2020 de 17 de Marzo tanto al deudor principal de la hipoteca como a los fiadores y avalistas del deudor principal.

REQUISITOS:

– El deudor principal tiene que acreditar la situación de desempleo o en caso de empresarios o profesionales por cuenta propia, una caida sustancial de las ventas.

– Los máximos ingresos de la unidad familiar par acceder a esta moratoria son:

a) Tres veces el IPREM, es decir 537,84€ x 3 = 1.613,52€.

b) Esta cantidad se verá incrementada en los siguientes casos:

– 0,1 veces el IPREM por cada hijo a su cargo.

– 0,15 veces el IPREM por cada hijo a cargo en caso de familia monoparental.

– 0,1 veces el IPREM por cada familiar mayor de 65 años que forme parte de la unidad familiar.

– 4 veces el IPREM si algún miembro de la unidad familiar tiene mas de 33% de discapacidad.

– 5 veces el IPREM si el deudor principal tiene parálisis cerebral, enfermedad

mental o discapacidad intelectual en un grado superior al 33%.

Igualmente la cuota hipotecaria más los gastos y suministros básicos no puede

representar más del 35% de los ingresos de la unidad familiar.

Se deberá presentar la solicitud en su banco.

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Lun, 20/04/2020 - 11:35