#informacióndeinterés #estadodealarma Desde las 11 de la noche a las 6 de la mañana queda PROHIBIDO por el Estado de Alarma decretado ayer, la libre CIRCULACIÓN DE PERSONAS por las vías o espacios de uso público. Excepciones: - Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad. - Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios. - Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia. - Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales. - Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado. - Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. - Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. - Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada. - Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores. Este decreto de estado de alarma finalizará a las 00:00 horas del 9 de noviembre de 2020, aunque la intención es establecer prórrogas.
Imagen
Ubicación
Categoría noticia
Mostrar en el carrusel de la sección
No
Fecha
Lun, 26/10/2020 - 11:30