La Junta de Andalucía ha tomado la determinación de cerrar los municipios de la provincia de Sevilla desde las 00:00 horas de este viernes, día 30 de octubre, y hasta las 23:59 horas del lunes 9 de noviembre. Así, los cigarreros y cigarreras no podrán salir de La Puebla del Río salvo causa justificada, como por trabajo, por asistencia a un centro sanitario o educativo o por prestar ayuda a un familiar dependiente. Consulta el BOJA en la parte inferior de esta noticia.
Debido a la alta incidencia del Covid-19 en la zona, la Junta de Andalucía ha adoptado las siguientes medidas restrictivas:
- Cierre perimetral de Andalucía desde la medianoche de este jueves al viernes y hasta el 9 de noviembre.
- Cierre perimetral de Granada, Jaén y Sevilla. Se limitará igualmente la movilidad entre todos sus municipios.
- Cierre perimetral de 448 municipios de Andalucía, donde vive la mitad de la población de la comunidad. Entre ellos se encuentra La Puebla del Río.
- Se mantendrá el toque de queda desde las 23:00 horas hasta las 06:00 de la mañana.
- Cierre de todos los establecimientos de hostelería a las 22:30 horas de la noche.
- Reuniones limitadas a seis personas, tanto en el ámbito público como privado.
- Estas medidas se revisarán cada dos semanas a partir del 9 de noviembre.
- El Gobierno andaluz solicita al Gobierno de España el apoyo de la Policía Nacional y de la Guardia Civil para el cumplimiento de todas estas normas.
Del mismo modo, las excepciones de movilidad entre municipios son las siguientes:
a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales,
institucionales o legales.
c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas
de educación infantil.
d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con
discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje
en territorios limítrofes.
g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o
notariales.
h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites
administrativos inaplazables.
i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Desde el Ayuntamiento de La Puebla del Río pedimos a la población cigarrera que, al igual que ocurrió en el periodo de confinamiento total, ofrezca un ejemplo de responsabilidad y esfuerzo para volver a reducir en su totalidad los contagios por Covid-19.