SUBVENCIONES A MUJERES Y EMPRESAS DE MUJERES POR EL I.A.M PARA EL FOMENTO Y LA MEJORA EMRPESARIAL. BENEFICIARIAS a. Empresas de mujeres (propietarias al menos del 50% del capital) o empresarias autónomas que tengan abierta sede social en Andalucía. b. Mujeres que estén en fase de iniciar su proyecto de actividad autónoma o empresarial, en Andalucía con el carácter de empresa de mujeres. CONCEPTOS SUBVENCIONABLES 1. Inversiones materiales: o Gastos de acondicionamiento de local. o Inversiones en bienes de equipo nuevos, instalaciones, mobiliario, equipos informáticos. 2. Inversiones inmateriales: o Gastos de constitución: notaría, registros o gestoría, etc. o Registro de patentes y marcas. o Gastos de reforma y modernización dirigidas a la implantación de tecnologías y sistemas de organización relativos a la mejora de los sistemas de gestión. o Gastos derivados de la adquisición de software y aplicaciones informáticas necesarias para el ejercicio de la actividad. o Planes de prevención de Riesgos Laborales, de igualdad y sistemas de calidad. o Diseño de imagen corporativa, marcas, anagramas, catálogos y logotipos de los productos, incluidos soportes telemáticos. o Gastos derivados de la puesta en marcha de un Plan de comercialización de la empresa en las siguientes acciones: nuevas tecnologías (campañas publicidad, páginas web), material gráfico (folletos), y relaciones públicas (asistencia a ferias, mailing, material promocional) o Gastos derivados de la asistencia técnica para la elaboración e implantación de los proyectos que contribuyan a la generación de empleo, la estabilidad y el crecimiento de las empresas. CUANTÍA DE LAS AYUDAS Se subvencionará hasta el 50% del presupuesto de la inversión. El abono de las subvenciones concedidas se efectuará en un solo pago. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN Se recogerán solicitudes hasta el 24 de Febrero de 2010. Agencia de Desarrollo. P.I La fuentecilla. C/ 1 de Mayo 22-A Lorena Franco. REQUISITOS
- Los proyectos a subvencionar no podrán haberse ejecutado antes de la solicitud de ayuda.
- Antes de la inversión la autoridad nacional competente debe confirmar por escrito que el proyecto, en principio, puede recibir la ayuda.
- Las inversiones realizadas deberán mantenerse, en el establecimiento, al menos tres años.
- El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas concluirá el 31 de diciembre de 2008 y su justificación 3 meses después, con fecha límite del 31 de marzo de 2009.
- El grado de cumplimiento de anteriores subvenciones concedidas por el Instituto Andaluz de la Mujer. Se valorará hasta un 20%.
- Viabilidad técnica, económica y financiera de los proyectos presentados. Se valorará hasta un 20%.
- Coherencia del proyecto. Se evaluará la memoria descriptiva de la actividad, así como la concreción y definición de las actuaciones planteadas y los recursos y experiencia. Se valorará hasta un 20%.
- Carácter innovador del proyecto y su aportación a las Nuevas Tecnologías. Se valorará hasta un 20%.
- Planes de Igualdad de oportunidades. Se valorarán hasta un 10%.
- La inclusión del proyecto en acuerdos o planes sectoriales de adaptación ambiental. Se valorará hasta un 10%.
- Impreso de solicitud.
- DNI del solicitante.
- Tarjeta de Identificación Fiscal (CIF) de la empresa.
- Escritura de constitución registrada.
- DNI y Poder del representante legal.
- En caso de Sociedades Civiles y Comunidades de Bienes, CIF de la entidad y el DNI de los integrantes. Toda la documentación que presenten debe ir firmada por todos los integrantes.
- Certificado de la entidad bancaria de la titularidad de la cuenta.
- Memoria descriptiva de la actividad.
- Presupuesto desglosado.
Orden de 26 de julio de 2007 (BOJA nº 176 de 6 de septiembre de 2007).
Resolución de 11 de febrero (BOJA 38 de 22 de febrero de 2008).
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