PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA LA CREACIÓN DE INICIATIVAS EMPRENDEDORAS DEL TRABAJO AUTÓNOMO
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Personas físicas que realicen o vayan a realizar por cuenta propia (fuera del ámbito de organización y dirección de otra persona) una actividad económica o profesional.
En la primera convocatoria del 2009, se considerará también proyecto de creación los presentados por autónomos que hayan iniciado su actividad a lo largo del ejercicio 2008 y 2009, hasta la fecha de apertura de la convocatoria.
Nota: No podrán beneficiarse de esta ayuda,
- quienes hayan causado baja en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) o equivalente en los doce meses previos a la presentación de la solicitud del incentivo, salvo que la iniciativa emprendedora que presenten sea para una actividad diferente a la desarrollada anteriormente.
- quienes hayan sido beneficiarios del Ticket del Autónomo para el inicio de actividad.
CATEGORÍAS DE LOS PROYECTOS E INTENSIDAD DE LOS INCENTIVOS
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Categoría del proyecto
Intensidad e importe máx.
Subcategoría del proyecto
% adicional sobre base incentivable
% e importe máx. total del incentivo
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Tramo fijo de 3.000 € para gastos de inicio de actividad
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a) Actividades económicas ligadas a los sectores estratégicos preferentes. 1
b) Servicios profesionales avanzados de innovación y tecnológicos ligados a consultoría estratégica
y de innovación. 2
55% de la inversión y/o gastos.
Hasta 8.000 €
- Contratar por cuenta ajena a, al menos, un demandante de empleo registrado en el SAE.
- Haber sido despedido en los tres últimos años o tener la consideración de desempleado de larga duración.
- Mujeres y/o jóvenes menores de 35 años.
-
Pertenecer a una zona ATIPE.
10%
5%
5%
Incentivo directo 75%
Hasta 14.000 € bonificación de intereses hasta 3.000 €
c) Actividades económicas tradicionales y que cumplan al menos uno de los siguientes requisitos :
-Haber sido despedido/a en los tres últimos años o tener la consideración de desempleado de larga
duración.
-Personas beneficiarias de prestación por desempleo en su modalidad de pago único.
-Personas provenientes de programas de FP y/o Itinerarios de Inserción Profesional.
-Contratar por
cuenta ajena a, al menos, un demandante de empleo registrado en el SAE, por un período mínimo de 6
meses.
-Actividades con carácter diferenciador o singular en su ámbito de actuación.
55% de la inversión y/o gastos.
Hasta 4.000 €
-Pertenecer a grupos en riesgo de exclusión social.
- Mujeres y/o jóvenes menores de 35 años.
- Pertenecer a una zona ATIPE.
10%
5%
5%
Incentivo directo 65%
Hasta 10.000 € bonificación de intereses hasta 3.000 €
----- ----- ----- -----MODALIDADES DE INCENTIVOS Y CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
1.- Bonificación de tipos de interés
El importe máximo de la bonificación del préstamo concedido será de 3.000 euros y se calculará de la siguiente forma:
- En el caso de inversiones en activos fijos el nominal del préstamo tendrá un importe máximo del 75% de dicha inversión calculándose a un plazo máximo de amortización de 10 años y 2 de carencia.
- En el caso inversiones en circulante el préstamo tendrá un importe máximo de 15.000 euros calculándose a un plazo máximo de amortización de 3 años y 6 meses de carencia.
Nota: ambos importes son acumulables hasta alcanzar el límite máximo establecido.
2.- Incentivos directos para los siguientes conceptos:
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- Bienes de equipo.
- Equipos informáticos o de infraestructura de TIC.
- Adquisición y tratamiento de software.
- Inversiones en activos fijos inmateriales (patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados).
- Otras inversiones en activos fijos materiales.
- Gastos generados por el inicio de actividad incluyendo las cuotas satisfechas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (sólo de los seis primeros meses desde el inicio de la actividad).
- Gastos de alquiler de instalaciones y equipos de producción (sólo de los seis primeros meses desde el inicio de la actividad)
- Energía, agua, calefacción y gastos administrativos.
- Servicios externos iniciales de alojamiento de plataformas web. Servicios que permitan a las entidades disponer de un sistema por el que los usuarios de internet puedan acceder a información, imágenes, vídeo, o cualquier contenido vía web.
- Registros de dominios
- Asesoramiento externo para el diseño de productos, envases y embalajes, maquetas, prototipos y modelos que no puedan ser considerados de I D I.
- Asesoramiento externo para definir la estrategia de comunicación e imagen de la empresa.
- Servicios externos para la implantación y/o certificación de sistemas de gestión.
- Servicios externos para la integración de los sistemas de información internos que soportan procesos de negocio tradicionales, con los sistemas que relacionan a las entidades con su entorno exterior, clientes, proveedores y empleados.
- Servicios externos para la realización de diagnósticos, estudios y análisis previos, para la mejora sustancial en materia de reingeniería de procesos, incorporación de nuevas tecnologías y/o ayudas para mejorar el proceso de tomas de decisiones.
- Gastos de registro de patentes y marcas comerciales destinadas a la promoción comercial.
- Gastos externos de realización de material de promoción, confección y edición de catálogos…etc
- Servicios externos de capacitación específica en sistemas y herramientas de TIC implantadas en la empresa.
Nota: para la puntación de los proyectos se tendrán en cuenta criterios fijos y variables de evaluación ( Anexo II de la Orden ), siendo esta ayuda incompatible con el Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía .
PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS AYUDAS
Enlace a la solicitud telemática
. Convocatorias 2009:
Primera: del 4 de abril al 18 de mayo de 2009
Segunda: del 10 al 30 de julio.
Tercera: del 10 al 30
de octubre de 2009
ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL
Consejería Innovación, Ciencia y Empresa.
Fundación Red Andalucía Emprende (Marchena).
Orden de 25
de marzo de 2009 (BOJA 65 de 3
de abril de 2009)
PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA LA CONSOLIDACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE INICIATIVAS EMPRENDEDORAS DEL TRABAJO AUTÓNOMO
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Los trabajadores autónomos que vengan desarrollando una actividad económica por cuenta propia durante más de un año y presenten un proyecto de consolidación y modernización de la misma, incorporando mejoras sustanciales en sus productos, procesos, servicios, organización o modelo de negocio.
Tendrán preferencia los proyectos que correspondan a conjuntos de autónomos para mejoras de infraestructuras comunes, tecnología, diseño, u otras áreas de desarrollo.
Nota: No podrán beneficiarse de esta ayuda quienes hayan causado baja en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) o equivalente en los doce meses previos a la presentación de la solicitud del incentivo.
CATEGORÍAS DE LOS PROYECTOS E INTENSIDAD DE LOS INCENTIVOS
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Categoría del proyecto
Intensidad e importe máx.
Subcategoría del proyecto
% adicional sobre base incentivable
% e importe máx. total del incentivo
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a) Actividades económicas ligadas a los sectores estratégicos preferentes. 1
b) Servicios profesionales avanzados de innovación y tecnológicos ligados a consultoría estratégica y de innovación. 2
45% de la inversión y/o gastos.
Hasta 8.000 €
- Contratar por cuenta ajena a, al menos, un demandante de empleo registrado en el SAE
- Mujeres y/o jóvenes menores de 35 años
-
Pertenecer a una zona ATIPE.
5%
5%
Incentivo directo 60%
Hasta 10.000 € bonificación de intereses hasta 3.000 €
c) Actividades económicas no incluidas
en las anteriores categorías y que cumplan al menos uno de
los siguientes requisitos :
-Contratar por cuenta ajena a, al menos, un demandante de empleo registrado en el SAE, al menos durante 1 año.
-Actividades que tengan un carácter diferenciador o singular en su ámbito de actuación.
-Proyectos que generen valor añadido o componentes de innovación en actividades tradicionales.
45% de la inversión y/o gastos.
Hasta 6.000 €
-Pertenecer a grupos en riesgo de exclusión social.
- Mujeres y/o jóvenes menores de 35 años.
- Pertenecer a una zona ATIPE.
10%
5%
5%
Incentivo directo 60%
Hasta 8.000 € bonificación de intereses hasta 3.000 €
----- ----- ----- -----MODALIDADES DE INCENTIVOS Y CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
1.- Bonificación de tipos de interés
El importe máximo de la bonificación del préstamo concedido será de 3.000 euros y se calculará de la siguiente forma:
- En el caso de inversiones en activos fijos el nominal del préstamo tendrá un importe máximo del 75% de dicha inversión calculándose a un plazo máximo de amortización de 10 años y 2 de carencia.
- En el caso inversiones en circulante el préstamo tendrá un importe máximo de 15.000 euros calculándose a un plazo máximo de amortización de 3 años y 6 meses de carencia.
Nota: ambos importes son acumulables hasta alcanzar el límite máximo establecido.
2.- Incentivos directos para los siguientes conceptos:
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- Inversiones en activos fijos inmateriales (patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados).
- Otras inversiones en activos fijos materiales.
- Gastos generados por el inicio de actividad incluyendo las cuotas satisfechas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (sólo de los seis primeros meses desde el inicio de la actividad).
- Gastos de alquiler de instalaciones y equipos de producción (sólo de los seis primeros meses desde el inicio de la actividad).
- Energía, agua, calefacción y gastos administrativos.
- Servicios externos iniciales de alojamiento de plataformas web. Servicios que permitan a las entidades disponer de un sistema por el que los usuarios de internet puedan acceder a información, imágenes, vídeo, o cualquier contenido vía web.
- Servicios externos de capacitación específica en sistemas y herramientas de TIC implantadas en la empresa.
- Registros de dominios.
- Asesoramiento externo para el diseño de productos, envases y embalajes, maquetas, prototipos y modelos que no puedan ser considerados de I D I.
- Asesoramiento externo para la definición de la estrategia de comunicación y de imagen de la empresa.
- Servicios externos para la implantación y/o certificación de sistemas de gestión.
- Servicios externos para la integración de los sistemas de información internos que soportan procesos de negocio tradicionales, con los sistemas que relacionan a las entidades con su entorno exterior, clientes, proveedores y empleados.
- Servicios externos para la realización de diagnósticos, estudios y análisis previos, para la mejora sustancial en materia de reingeniería de procesos, incorporación de nuevas tecnologías y/o ayudas para mejorar el proceso de tomas de decisiones.
- Gastos de registro de patentes y marcas comerciales destinadas a la promoción comercial.
- Gastos externos de realización de material de promoción, confección y edición de catálogos, folletos, cartelería, etc
Nota: para la puntación de los proyectos se tendrán en cuenta criterios fijos y variables de evaluación ( Anexo II de la Orden ), siendo esta ayuda incompatible con el Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía .
PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS AYUDAS
Enlace a la solicitud telemática
. Convocatorias 2009:
Primera: del 4 de abril al 18 de mayo de 2009
Segunda: del 10 al 30 de julio.
Tercera: del 10 al 30
de octubre de 2009
ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL
Consejería Innovación, Ciencia y Empresa.
Fundación Red Andalucía Emprende (Marchena)
Orden de 25 de
marzo de 2009 (BOJA 65 de 3 de
abril de 2009)
Para más información:
Agencia Desarrollo Local
Ayuntamiento de Lantejuela
P.I La Fuentecilla
c/ 1 deMayo 22-A
954.82.70.74