El Comité Territorial de alerta de Salud Pública Alto Impacto de la provincia de Sevilla, tras analizar los datos de incidencia acumulada del lunes 1 de febrero, acordó el cierre perimetral de El Cuervo y el cierre de toda actividad no esencial (Nivel 4 Grado 2).Esta medida será de aplicación al día siguiente de la publicación del BOJA Extraordinario nº 13 de 02/02/2021 (00:00 horas del 3 de febrero) y tendrá una duración de 14 días.
En el portal web de la Junta de Andalucía mapacovid.es se pueden consultar las medidas del Nivel 4 Grado 2 concretas de aplicación en el municipio.
Excepciones (considerados esenciales, y por tanto, podrán abrir) según criterios de la Junta de Andalucía:
·       Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
·       Centros, servicios y establecimientos sanitarios.
·       Servicios sociales y sociosanitarios.
·       Farmacias.
·       Parafarmacia.
·       Centros o clínicas veterinarias.
·       Mercados de abastos.
·       Ópticas y productos ortopédicos.
·       Productos higiénicos.
·       Servicios profesionales y financieros.
·       Prensa, librería y papelería.
·       Floristería.
·       Venta de combustible.
·       Talleres mecánicos.
·       Servicios de reparación y material de construcción.
·       Ferreterías.
·       Estaciones de inspección técnica de vehículos.
·       Estancos.
·       Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.
·       Alimentos para animales de compañía.
·       Servicios de entrega a domicilio.
·       Tintorerías.
·       Lavanderías.
·       Peluquerías.
·       Empleados del hogar.
·       Mercadillos (no podrán instalar aquellos puestos cuyos productos se engloben dentro de los considerados "no esenciales" para la Junta de Andalucía, es decir: no podrá instalar un puesto de ropa, zapatos pero sí uno de alimentación).

ACTIVIDADES DE RESTAURACIÓN: Excepciones (considerados esenciales, y por tanto, podrán abrir):
* Servicios de entrega a domicilio.
* Restaurantes de los establecimientos de alojamientos turísticos para uso exclusivo de sus clientes.
* Los integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales.
* Comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
* Servicios de restauración de centros de formación y de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
* Los ubicados en centros de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada para posibilitar la actividad profesional de conducción.


Toque de queda: de 22 a 6 de la mañana.
Reuniones de 4 personas.

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Fecha
Mar, 02/02/2021 - 14:01