El Gobierno andaluz ha adoptado nuevas medidas de prevención en materia de salud pública, propuestas por salud pública y pactada tanto con el sector como con los alcaldes de las ocho capitales de provincias.   SE PROHIBEN LOS BOTELLONES, declarados por la Ley de Salud Pública como actividad insalubre, nociva y peligrosa.   MEDIDAS PARA ESTABLECIMIENTOS DE ESPARCIMIENTO CERRADOS: - Se prohíbe la participación en cualquier agrupación a reunión de carácter privado o no regulado de más de 15 personas que tengan lugar en espacios públicos, ajenos a los establecimientos de hostelería a similares en la vía pública y en otros lugares de tránsito, y serán considerados como situaciones de insalubridad. - Se reduce al 40% el aforo de establecimientos de esparcimiento cerrados, distribuidos en mesas o agrupaciones de mesas. - Garantizar la higienización de las manos de los clientes y la toma de temperatura: Los establecimientos deberán garantizar la higienización de las manos de los clientes a la entrada de los establecimientos, la toma de temperatura y disponer de cartelería en las puertas y en el interior de los locales recordando el uso obligatorio de mascarillas. - Implantar sistemas de identificación de las personas que accedan al local, con mecanismos que permitan el rastreo y localización en caso de ser necesario. - Sentados en mesas y con un máximo de 12 personas por mesa. No se podrá estar de pie en los establecimientos cerrados. Los asistentes a estos establecimientos estarán sentados en mesas o agrupaciones de éstas con un máximo de 12 personas en cada una. - Dos metros de distancia de seguridad entre cada una de las mesas. - Acompañamiento de cada cliente a la mesa que les haya sido asignada. - Queda prohibida la venta y consumo en barras. - Solo se atenderá en mesa, con distancia de seguridad de 2 metros. - Controladores de sala, a cargo de la empresa, que vigilen el cumplimiento de las normas. - Control de la limpieza de los servicios, que deberán ser limpiados máximo cada hora. - Apertura máxima hasta las 5.00 horas   MEDIDAS EN TERRAZAS AL AIRE LIBRE: - Aforo limitado al 75 por ciento, en mesas o agrupaciones de mesa con ocupación máxima de 12 personas por mesa. - Aforo de los pub: al 60 por ciento máximo. - No se permite el uso compartido de dispositivos de inhaladores de tabaco, pipas de agua, cachimbas, o asimilados en cualquier tipo de establecimiento abierto al público.   MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA: - No se podrá superar el 75 % del aforo máximo para consumir en el interior del local. - Ocupación máxima de 12 personas por mesa o agrupación de mesa.   EN LOS AUTOSERVICIOS: - Los clientes no podrán manipular directamente los productos, o se establecerán sistemas que impidan que dicha manipulación pueda contaminar los alimentos, o los elementos de contacto y uso común. - No se permite el autoservicio en barra por parte del cliente. - Cartelería informativa visible en accesos de establecimientos, o en zonas de autoservicio, sobre buenas prácticas a seguir.   EN LOS BUFFET: - Geles hidroalcohólicos o desinfectantes viricidas autorizados. - Guantes desechables. - Información visible de las buenas prácticas a seguir por la clientela. - Marcaje de los circuitos de autoservicio que permitan la distancia de seguridad. - Papeleras a la salida para depósito de guantes desechables. - Uso obligatorio de mascarillas. - Desinfección, como máximo cada media hora, de elementos de servicio y, en su caso, de puntos de contacto de las máquinas de bebidas de autoservicio.     BOJA: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/546/BOJA20-546-00003-8580-01_00175915.pdf?fbclid=IwAR3R2MJOGT-fxAbFISDwDoV_DYx3YhRqA4_1H0t2pxQy6uA7Q-0WqhOZgqk

 

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Jue, 30/07/2020 - 15:56