Las medidas han entrado en vigor la noche del 30 de Octubre y se prorrogará hasta el día 9 de noviembre por el momento. Pasamos a enumerar las medidas más destacables: Imagen eliminada. {1️⃣} Cierre perimetral de Andalucía desde el viernes 30 de octubre hasta el 9 de noviembre. Nadie podrá entrar o salir de la comunidad autónoma andaluza salvo causa justificada. Imagen eliminada. {2️⃣} Cierre perimetral de las provincias de Granada, Jaén y Sevilla, y de todos sus municipios. Es decir, para el caso de la provincia de Sevilla, nadie podrá entrar o salir de su municipio salvo causa justificada. En nuestro caso, nosotros no podremos salir del término municipal de La Puebla de los Infantes. Imagen eliminada. {��} EXCEPCIONES: a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios. b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales. c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar. e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes. g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales. h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables. i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables. j) Desplazamientos de deportistas, entrenadores, jueces o árbitros federados, para realizar actividades deportivas federadas de competición oficial, debidamente acreditados mediante licencia deportiva o certificado federativo. k) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. l) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada. Imagen eliminada. {3️⃣} Dentro del municipio, se mantiene el toque de queda en el horario de 23 a 6 horas, salvo las excepciones que se detallan en el BOJA. Imagen eliminada. {��} EXCEPCIONES PARA ESTE PUNTO: a) Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad. b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios. c) Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia. d) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales. e) Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado. f) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o persona especialmente vulnerables. g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada. i) Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores. Imagen eliminada. {4️⃣} Se reduce a seis el número máximo de grupos de personas en público y en privado tanto al aire libre como cerrado. Imagen eliminada. {��} Resolución de dudas que pueden surgir: Imagen eliminada. {▪️} ¿Se puede salir del pueblo para comprar en un supermercado de un pueblo limítrofe? Imagen eliminada. {▫️} A este Ayuntamiento sigue sin quedarle claro, pero es que una de las excepciones es comprar bienes de primera necesidad, por ello entendemos que si hay causa justificada para el desplazamiento porque haya necesidad de comprar alimentos que no existen en las superficies de nuestro pueblo se podría hacer. Por ejemplo: Tengo un familiar o yo mismo diabético y en nuestro pueblo no hay productos para diabéticos. Imagen eliminada. {▪️} Como Ayuntamiento, ¿Me recomiendas que salga a comprar a un supermercado de otro pueblo? Imagen eliminada. {▫️} Tendría que ser por una causa muy evidente y fácil de justificar ante un posible control de las autoridades. Como Ayuntamiento os invitamos a que en estos tiempos complicados compréis en el comercio local. Tenemos panaderías, carnicería, frutería, estanco, supermercados y tiendas con productos congelados, bazar, farmacia, papelerías, pescaderías, ferreterias etc...en definitiva comercio de cercanía y calidad. Imagen eliminada. {��} Para más información: informacion.sevilla.dgob@juntadeandalucia.es   Imagen eliminada.   Imagen eliminada. Imagen eliminada. Imagen eliminada.
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Fecha
Sáb, 31/10/2020 - 10:29